El Senado conocería el lunes solicitud para extender emergencia

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SANTO DOMINGO.- El Senado de la República convocaría a sesión este lu­nes a las 10:00 de la maña­na de para conocer la solici­tud de extensión del Estado de Emergencia por otros 25 días hecha por presidente Danilo Medina.

El senador Felix Bautis­ta dijo a LISTIN DIARIO que conversó con el vicepresi­dente del Senado, Arístides Victoria Yeb, sobre la solici­tud del presidente de la Re­pública y que le expresó su interés de convocar a los se­nadores para el lunes en ho­ras de la mañana, pero que estaba a la espera de una consulta que haría al presi­dente del Senado, Reinaldo Pared Pérez.

De acuerdo con Bautista, en su conversación con Arís­tides Victoria, la sesión se de­sarrollaría en el salón de la Asamblea Nacional para que cada senador tenga la distan­cia suficiente para desarrollar la sesión.

¨El único tema de la agen­da sería la lectura de la comu­nicación del presidente Me­dina solicitando la extensión del estado de emergencia y su posible extensión¨, informó el senador por San Juan.

La ley que creó el estado de excepción es de la autoridad del senador Felix Bautista.

Medina hizo la solicitud al Senado vía el vicepresiden­te de la cámara alta Victoria Yeb y Luis René Canaán, pre­sidente de la Comisión Bica­meral para dar seguimiento al estado de emergencia del Congreso Nacional.

“Espero, pues, que los ho­norables legisladores impar­tan su voto de aprobación a esta solicitud con miras a que, juntos, podamos seguir traba­jando para contener y rever­tir la pandemia del COVID-19 para proteger la salud y la vi­da de los dominicanos”, aña­dió la petición del Presidente al Senado.

“Durante la vigencia del estado de emergencia, el Poder Ejecutivo continuará rindiendo informes a la Co­misión Bicameral para dar seguimiento al estado de emergencia”, dice la solici­tud.

A partir de la entrada en vigencia del Estado de Emer­gencia, el pasado 20 de mar­zo, había 35 personas con­tagiadas y dos muertos en República Dominicana por coronavirus, por lo que des­de ahí hasta este momento, 1,345 se han contagiado y 58 han fallecidos.

Estado de Emergencia

La emergencia nacional concede poderes especiales y temporales al presidente de la República para mane­jar una crisis que amenaza al país y exige una respues­ta inmediata.

La medida se establece en el artículo 265 de la Cons­titución de la República, el cual explica que: “El Estado de Emergencia podrá decla­rarse cuando ocurran he­chos distintos a los previstos en los artículos 263 y 264 (de la Constitución) que per­turben o amenacen pertur­bar en forma grave e inmi­nente el orden económico, social, medioambiental del país, o que constituyan cala­midad pública”.

El artículo 262 de la Cons­titución indica que existen tres estados de excepción, que son aquellas situaciones extraordinarias que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las institucio­nes y de las personas frente a las cuales resultan insufi­cientes las facultades ordina­rias. El presidente de la Re­pública, con la autorización del Congreso Nacional, po­drá declarar los estados de excepción en sus tres moda­lidades: Estado de Defensa, Estado de Conmoción Inte­rior y Estado de Emergencia.

Toque de Queda

Sobre esta disposición, el ho­rario continuará de 5:00 de la tarde a 6:00 de la mañana. Varios sectores, como el Colegio Médico Domini­cano (CMD) y partidos de oposición habían pedido al Gobierno que se declare una cuarentena para frenar o evitar los contagios que hasta el momento supera los 1,2300 casos y 60 muer­tos.

Sin embargo, el ministro de la Presidencia, Gustavo Mon­talvo, sentenció que no había planes de cambiar esta situa­ción por un modelo de toque de queda permanente.

DALTON HERRERA

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