Determinar con certeza causa de catástrofe y acciones procedentes

POR CARLOS SALCEDO.- Debido a la tragedia ocurrida en la madrugada del pasado martes 8 de este mes de abril, la respiración aún se nos dificulta y nuestro ritmo cardíaco sigue siendo irregular y rápido.

El colapso del techo del edificio de la discoteca Jet Set es, hasta ahora, el mayor siniestro por accidente de construcción conocido en la República Dominicana. Al jueves temprano la cifra de muertos se superaba las 200 personas.

!Cuánto dolor por la muerte y las lesiones de tantos seres humanos que acudieron a vivir su alegría en dicho centro nocturno! El fallecimiento de gente tan querida, como mi amigo Eduardo Grullón, su esposa y otros familiares y tantos conocidos aún nos tiene sobrecogidos. El Dios de la vida les dará el lugar merecido a los fallecidos y les dará el consuelo a todos su deudos.

Les extendemos nuestra compasión por tan sentida pérdida a todos los familiares y relacionados y espero que puedan encontrar consuelo y paz. Sabemos que se hace difícil en estos momentos de tanto dolor; pero esperamos que los recuerdos amorosos los ayuden a sonreír nuevamente. Nuestro más sentido pésame por tan sentidas pérdidas y nuestras oraciones al Todopoderoso en este terrible duelo. ‎

No acción dolosa

A pesar de que, a ojos vista, hay responsabilidad por parte de los dueños y operadores del local y del negocio, no creo que haya una acción dolosa o intencional de parte  de los propietarios de dicho local.

Pero, indagar las razones de un hecho tan funesto debe ser una tarea indeclinable del Ministerio Público, autoridades municipales y del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones como de las demás entidades responsables de la fiscalización de edificaciones, negocios y propiedades donde acude cualquier cantidad de personas.

Sin duda que los responsables deberán asumir las consecuencias por su negligencia y la falta de mantenimiento de condiciones seguras del local, negocio o propiedad, sobre todo cuando los riesgos por la cantidad de personas son altos.

La muerte de un ser querido debido a la negligencia de otra persona es una experiencia emocionalmente devastadora. Los miembros de la familia y seres queridos tienen sus derechos en tales casos, ya que pueden requerir una compensación por parte de los responsables.

Por lo que se advierte, se trata de muertes injustas causadas por un peligro y un comportamiento omisivo en una propiedad, pudiendo los deudos y las víctimas reclamar válidamente a los posibles demandados por los daños y perjuicios derivados de dicha conducta.

Determinar negligencia

Aun no siendo intencional lo ocurrido, como en el caso de negligencia médica, accidentes de automóviles y desastre en un local de negocio como el del Jet Set, se trata de un hecho que es necesario averiguar para determinar si el o los propietarios de este centro de espectáculos fueron negligentes y de esta conducta resultó en la muerte de las víctimas y  las lesiones de los que sobrevivieron.

Es claro que los propietarios de locales, negocios, tiendas y cualquier tipo de propiedad  están legalmente obligados a mantener e inspeccionar sus propiedades, reparar condiciones peligrosas y advertir a los visitantes sobre cualquier condición peligrosa, lo cual aplica a propiedades públicas y privadas.

El mantenimiento adecuado, la previsión y el tomar las medidas de seguridad necesarias para que la estructura pueda resistir todo embate o toda carga, es un deber de cuidado esencial para evitar daños a quienes acudan a dichas instalaciones.

De no cumplir con dichas obligaciones y la negligencia ser la causa de la muerte de las víctimas y las lesiones de lo que viven, los propietarios y todo aquel que haya causado el daño deberán responder por la vía civil y hasta penal, de comprobarse esta última falta.

En relación con la vía penal, de seguro que el órgano investigador tendrá en cuenta lo que dispone el artículo 319 del Código Penal:“El que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, comete homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinte y cinco a cien pesos”.

Se trata de un hecho que ha consternado al país y al mundo y tanto las autoridades del Ministerio Público como todos los interesados deberán realizar las indagatorias y diligencias de investigación necesarias para determinar con certeza la causa de la catástrofe y las acciones procedentes.

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