SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) hizo público ayer la creación de una unidad especializada, cuya tarea será el procesar las infracciones electorales consignadas en las Leyes No. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral y No. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Se trata de la “Unidad de Atención, Seguimiento y Mecanismos de Ejecución de las Sanciones”, la cual recomendará las sanciones que requieran las infracciones cometidas, conforme a lo establecido en las legislaciones mencionadas. Dichas leyes contienen un catálogo de infracciones administrativas electorales, prohibiciones, sanciones y medidas cautelares, sin embargo, no establecen el procedimiento administrativo que debe seguirse para sancionarlas.
Ante ello, la Junta decidió crear esta unidad, el pasado 23 de febrero, y luego un borrador de reglamento, que crea el procedimiento administrativo sancionador electoral.
En ese sentido, se invita a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, órganos y entes públicos, así como a la ciudadanía en general para que depositen por escrito las observaciones, colaboraciones y/o consideraciones que tengan relativos al borrador, en la sede de la JCE, más tardar el día lunes 11 de julio de 2022, a las 4:00 p.m.
Vencido el plazo señalado, el Pleno de la Junta Central Electoral celebrará una audiencia pública para escuchar a los interesados y luego analizará las observaciones planteadas, y finalmente el “el órgano decidirá lo que corresponda y será comunicado a toda la ciudadanía”.
De acuerdo a la Junta, el establecimiento de un régimen administrativo sancionador en materia electoral forma parte del sistema de garantías electorales que deben rodear, no solo el ejercicio del derecho al sufragio, sino también la integridad del sistema electoral durante todas las etapas del calendario electoral.
Sobre la unidad
El borrador de reglamento establece que la Unidad de Atención, Seguimiento y Mecanismos de Ejecución de las Sanciones estará dirigida por un encargado y los sub-encargados que determine el Pleno de la JCE, y que sean necesarios para el adecuado funcionamiento y ejecución del régimen administrativo sancionador electoral, conforme al volumen, naturaleza y complejidad de caso.
Dentro de sus atribuciones, según precisa, está darle el curso correspondiente a las denuncias que sean depositadas ante la Junta Central Electoral respecto a la comisión de posibles infracciones administrativas electorales.
Los sujetos procesales del régimen de sanciones
Los sujetos procesales que pudieran incurrir en infracciones administrativas electorales son los: los partidos políticos; agrupaciones políticas; movimientos políticos; aspirantes a puestos de elección popular; precandidatos, candidatos y/o miembros de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos; los funcionarios del Estado; autoridades y funcionarios de la administración electoral; y cualquier otra persona pública o privada.
ABED NEGO PAULINO