Policía Nacional deberá pagar RD$2.8 millones a viuda por incumplir sentencia

SANTO DOMINGO.– El Tribunal Constitucional ordenó a la Dirección General de la Policía Nacional pagar RD$2,845,000 a Dulce María Lora Solís, por concepto de una nueva liquidación de astreinte generada por el incumplimiento de una sentencia que reconoció derechos de pensión a su fallecido esposo, el general de brigada retirado José Antonio Feliciano Castillo.

La decisión, contenida en la sentencia TC/0736/26, establece que la suma corresponde a 569 días de retraso, calculados a razón de RD$5,000 diarios, entre el 9 de julio de 2024 y el 29 de enero de 2026.

El tribunal determinó que la Policía Nacional había cumplido con una parte de lo ordenado en la sentencia TC/0103/22, al adecuar el monto de la pensión correspondiente a Feliciano Castillo y reconocer posteriormente el derecho de su viuda a recibir la pensión.

Sin embargo, constató que no existe evidencia de que hayan sido pagados los valores retroactivos derivados del diferencial de pensión que la sentencia de 2022 había ordenado pagar.

La decisión original dispuso que el retiro de Feliciano Castillo fuera reconocido con el rango de general de brigada de la Policía Nacional, con la correspondiente adecuación de su pensión y el pago retroactivo del diferencial dejado de percibir desde el 1 de marzo de 2007 hasta el 18 de septiembre de 2019, fecha en que interpuso la acción de amparo de cumplimiento.

Para garantizar el cumplimiento de esa decisión, el Tribunal Constitucional había impuesto una astreinte de RD$5,000 por cada día de retraso, luego de vencido el plazo de 30 días otorgado a la institución policial.

Una segunda liquidación

La nueva decisión constituye la segunda liquidación de la astreinte relacionada con este caso.

En junio de 2025, mediante la sentencia TC/0364/25, el Tribunal Constitucional ya había establecido una primera liquidación de RD$3,610,000 a favor de Lora Solís, también debido al incumplimiento de la sentencia TC/0103/22.

El Tribunal explicó que una nueva solicitud de liquidación es posible cuando el incumplimiento persiste después del período que ya había sido liquidado, porque se trata de un hecho nuevo y continuado.

En este caso, los jueces verificaron que la sentencia original había sido debidamente notificada a la Dirección General de la Policía Nacional y que, pese al transcurso del tiempo, el mandato judicial todavía no había sido cumplido en su totalidad.

El TC precisó que la astreinte tiene una naturaleza conminatoria y no indemnizatoria, por lo que su objetivo es presionar al obligado a ejecutar la decisión judicial.

Por ello, estableció que los RD$2,845,000 deberán ser pagados por la Dirección General de la Policía Nacional a favor de Lora Solís, correspondientes al período comprendido entre el 9 de julio de 2024 y el 29 de enero de 2026.

La sentencia advierte, además, que continuarán generándose valores por concepto de astreinte hasta el cumplimiento íntegro del mandato judicial.

La decisión fue aprobada por la mayoría requerida de los jueces del Tribunal Constitucional y ordena su comunicación a las partes y su publicación en el Boletín del Tribunal Constitucional.

SUE HELEN RODRIGUEZ

Salir de la versión móvil