El Tribunal Constitucional revocó una sentencia que ordenó a la Junta Central Electoral (JCE) entregar acta de nacimiento y cédula provisional a ocho personas de ascendencia haitiana, que les fue negada luego que una investigación administrativa determinó que fueron inscritas en el registro civil de forma irregular.
El TC acogió un recurso de revisión de amparo interpuesto por la JCE y anuló la sentencia número 0030-03-2018-SSEN-00320, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) el 9 de octubre de 2018.
Esa sentencia favoreció a los señores Zeneida Napoleón Basilio, Danilsa Yan Napoleón, Welinton Yan Napoleón, Rosa Milsi Yan Napoleón, Claudio Alexander Yan Napoleón, Massiel Bautazal Basilio, Álvaro Basilio y Leyda Feliz Basilio, al acoger una acción de amparo.
El TC declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta el 27 de julio de 2018 por esos ciudadanos, en reclamo de que se ordene a la JCE dejar sin efecto cualquier impedimento o inhabilitación a la entrega de sus actas de nacimiento y cédulas de identidad.
Según consta en un comunicado del TC, mediante el fallo anulado, el TSA acogió´ parcialmente la acción de amparo, y ordenó “que se expida a cada accionante un documento provisional de identidad de uso restringido para uso laboral, financiero y de seguridad social mientras dure el proceso de rectificación de acta de nacimiento por las vías legales correspondientes”.
Al no estar conforme con esa decisión, la JCE sometió un recurso de revisión ante el TC, el cual fue acogido.
El dispositivo del fallo, que contiene votos particulares, fue publicado por el TC en el comunicado 4-22, de fecha tres de febrero. Hay que esperar la sentencia integra para conocer las motivaciones.
WANDA MENDEZ