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Abogado de Alexis Medina asegura MP tiene un blindaje de “aplausos” con pieza acusatoria

Santo Domingo.- El doctor Carlos Salcedo abogado de Alexis Medina principal inculpado en el expediente del caso Antipulpo dijo que el Ministerio Público tiene un “blindaje de aplausos” con acusación contra su defendido Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina.

“Ese es un blindaje de aplausos, el aplauso que se ha buscado para que la población, con legítimo derecho, respalde las actuaciones del Ministerio Público, sin saber la población, que parte de ese blindaje popular de aplausos, es un blindaje que tiende muchas veces a guardar y proteger grandes debilidades”, sentenció.

Dice que se esconden debilidades atroces desde el punto de vista del proceso, y eso lo está diciendo el técnico, no el académico, doctrinario y analista político.

“Ese expediente da lugar a un blindaje, no de la acusación, sino un blindaje de la defensa, y este es un blindaje de amianto, no un blindaje de pacotilla, porque está respaldado en populismo penal”, remachó el exdirector ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia.

Recordó que cuando el artículo 290 del Código Procesal Penal establece la transparencia que debe haber en la investigación para las partes, eso significa que cada actuación del Ministerio Público debe ser puesta a la disposición de la defensa con la finalidad de que pueda tener las mismas cargas argumentativas que el Ministerio Público.

“Pueda tener, en igualdad de condiciones, las mismas herramientas del Ministerio Público, proponer diligencias, proponer actuaciones, que cambien el curso de la investigación del órgano persecutor”, indicó.

Salcedo dijo que si el Ministerio Público oculta, no entrega, no abre la carpeta fiscal a la defensa, está dejando un expediente sin blindaje, porque eso da oportunidad de exclusiones probatorias como ocurrió en Odebrecht, y eso se exigió, se cerró la investigación, ya no hay lugar a enderezar ese problema, ese es un problema que va a persistir desde el punto de vista constitucional, de los instrumentos internacionales y de la propia norma procesal en la República Dominicana, va a persistir, con consecuencias dramáticamente perniciosa para el expediente.

Dijo que le gusta litigar contra expedientes sólidos, no con debilidades, porque es su costumbre en su ejercicio por más de 35 años, pero en este caso particular, la vocinglería, la palabrería del Ministerio Público, que es muy bueno, con capacidad sobrada para hacerlo bien, que no le luce hacer ese tipo de expediente, y eso le facilita a él una defensa bastante cómoda.

En otro orden, Carlos Salcedo dijo que uno de los grandes retos que tiene la justicia dominicana es su revitalización y confianza, ya que la confianza deteriorada proviene de decisiones muy cuestionadas, también hay un problema de independencia, con jueces actuando en base a lo que puede decir la gente, es decir, existe presión mediática, y presión política.

Sostuvo, además, que el uso de la palabra clan, que no existe en la norma penal, para el Ministerio Público referirse a la familia Medina Sánchez, no son más que epítetos peyorativos para generar en la población dominicana el aplauso que él hablaba al principio, hacerse el gracioso, sin ninguna necesidad.

Carlos Salcedo vaticina que los informes de la Cámara de Cuentas quedarán fuera del expediente caso Antipulpo

El doctor Carlos Salcedo vaticinó que los informes que preparó la Cámara de Cuentas quedarán fuera de la pieza acusatoria sometida recientemente por el Ministerio Público.

Dichos informes contienen una serie de supuestas violaciones a las disposiciones legales en las cuales habría incurrido Medina Sánchez en los negocios que realizó con varias instituciones del gobierno en las administraciones de su hermano, el expresidente Danilo Medina.

Salcedo no quiso entrar en detalles sobre las razones por las cuales dichos informes elaborados por el órgano fiscalizador del Estado quedarán fuera de la pieza acusatoria.

Entrevistado por Héctor Herrera Cabral en el programa D’AGENDA que cada domingo se difunde por Telesistema Canal 11, el jurista dijo que el Ministerio Público lo que hizo fue una “trapacería procesal” que tendrá sus consecuencias.

Agregó que las violaciones a las normas en las que incurrieron los fiscales, con respecto a ese caso, tendrán consecuencias perniciosas para el mencionado expediente.

“Yo no voy anunciar mis estrategias, ahora yo te voy a decir una cosa hoy como primicia, los informes de Cámara de Cuentas no existen, ni van a existir en el proceso, y usted lo verá, van a quedar fuera, los informes de Cámara de Cuentas, yo no voy a decir más, ni voy a decir porqué, el Ministerio Público tendrá que estudiarlos, pero van a quedar fuera”, dijo enfáticamente la defensa técnica de Alexis Medina.

El reconocido jurista recalcó que dichos informes quedarán fuera “cuando explote la bomba de lo que yo tengo, tu puedes estar seguro que quedarán fuera, donde haya jueces independientes e imparciales, como lo hicieron las juezas del Primer Tribunal Colegiado con las delaciones premiadas en el caso Odebrecht”.

Carlos Salcedo recordó que había vaticinado lo que ocurriría con el expediente de Odebrecht, y otros casos que se han caído en los tribunales por deficiencias en la acusación del Ministerio Público.

“Se violaron normas elementales en los informes de Cámara de Cuentas, por ejemplo, para tu correr primero tiene que caminar, y para poder caminar tiene que gatear primero, para los informes de Cámara de Cuentas no se gateó, simplemente digo eso, no puedo decir más”, dijo Salcedo.

“Pero buenísimo para los niveles de garantías que tienen que obrar, no por parte de la defensa, el Ministerio Público es el representante de la sociedad, no solo de la víctima, de la sociedad, la sociedad son las víctimas, los acusados, partes civiles, actores civiles, todas las partes”, precisó.

Lamentó que el Ministerio Público se está comportando como una parte del proceso, que lo es, pero es una parte que representa a todo el mundo, y cuando hace una investigación tiene que buscar pruebas de cargos y de descargos, tal y como lo establece el artículo 260 del Código Procesal Penal, y lo dicen otras normas en la República Dominicana, y está resguardado por principios constitucionales e instrumentos internacionales.

Redacción

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