Opinión

La licencia de conducir y los envejecientes

POR CRISTHIAN JIMENEZ.- – ¿Qué oye?

-Nada.

– ¿Y ahora?

-Absolutamente, nada.

– ¿Oye algo, ahora? – pregunta la evaluadora, con movimiento afirmativo de cabeza y fijando su mirada en el desesperado envejeciente, con ojos más abiertos de lo habitual.

-Sí, sí, escucho un sonido lejano- respondió dudoso el caballero, que entendió la ayudita para ambos salir del embarazoso momento.

El ciudadano salió con una sonrisa agridulce de la oficina del Intrant, con la renovación de su licencia de conducir para una vigencia de dos años. Protestó posteriormente la “limitación” y alegó violación constitucional por supuesta discriminación por edad.

Su caso, le dije, precisamente es lo que justifica la disminución de tiempo para la evaluación de condiciones físicas y de habilidades para la renovación del documento.

Las condiciones físicas disminuyen con los años, por eso la edad de jubilación se sitúa entre los 60 y 67 años, con pocas excepciones, en todo el mundo. El umbral de retiro se revisa a partir de las expectativas de vida. Dinamarca, actualmente, con jubilación a los 67, implantará récord al llevarla a la frontera de los 70 años en 2040.

La reducción de la vigencia de las licencias de conducir para mayores de 65 años está contenida en el decreto-reglamento 6-19, que emitió el entonces presidente Danilo Medina. Las categorías 01, 02 y 05 disminuidas a 2 años y las profesionales 03 y 04 a un año, para mantener una avaluación constante de las condiciones de salud de los conductores con fines de seguridad vial.

La medida es de una lógica científica y se aplica en naciones de diferentes niveles de desarrollo y de régimen político: China prohíbe a partir de los 60 años conducción de camiones o autobuses (licencia profesional) y obliga a una revisión médica anual para los automóviles particulares. En Estados Unidos varía según el estado y mientras unos reducen de 1 a 4 años la vigencia para adultos mayores, otros lo limitan a un examen de la vista o pruebas de manejo al volante.

República Dominicana, entre los líderes mundiales por accidentes viales por cada 100 mil habitantes encuentra dificultades para regular el tránsito y en la práctica diaria el caos es dominante en calles y avenidas. Claro, el desastre no es imputable a los envejecientes.

El decreto de hace 7 años, atacado inicialmente porque prácticamente cobraba el doble a los mayores de 65 años y luego por alegada violación constitucional, recibió el tiro de gracia por quejas del obispo de Higüey, Castro Marte y del juez constitucional José Alejandro Vargas, quien relató su frustratoria experiencia personal en su cuenta de X, concluyendo en que se barre la dignidad de los envejecientes por la violación del artículo 39 de la Constitución en lo referente a discriminación por edad. Además, un grupo de periodistas de El Nacional elevó un recurso ante el Tribunal Superior Administrativo contra la norma.

El presidente Luis Abinader el viernes último llevó el umbral de la restricción a los 75 años y estableció que el tiempo de vigencia podrá ser reducido si durante el proceso de emisión o renovación se determina que el conductor presenta alguna enfermedad o condición susceptible de agravarse y que pueda afectar la conducción segura.

Pese a que el mandatario trata de eliminar el ruido en torno al tema, el mismo alegato de inconstitucionalidad podría mantenerse, que no asumo porque no se viola el derecho a la licencia, sino que se regula por las razones que expliqué anteriormente.

¿Se discrimina por edad a un juez cuando se le dice que a los 75 años debe marcharse al hogar? Claro, que NO.

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